Edición Nº 2846
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SCJN ordena juzgar desapariciones de mujeres defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte determinó que los jueces deben aplicar un enfoque interseccional y de género obligatorio al investigar desapariciones de defensoras de derechos humanos.

Redacción Jornada Central
Foto: forbes.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al establecer que todos los juzgadores federales y locales están obligados a juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una perspectiva de género e interseccionalidad. Esta decisión del máximo tribunal del país responde a la necesidad de reconocer las condiciones específicas de vulnerabilidad y los riesgos diferenciados que enfrentan las activistas en México debido a su labor de defensa social. La SCJN enfatizó que este enfoque no debe considerarse una opción discrecional, sino un mandato legal ineludible en el proceso judicial.

La resolución subraya que, al analizar estos casos, las autoridades judiciales deben considerar el contexto sociopolítico y los obstáculos estructurales que enfrentan las mujeres en el ejercicio de su activismo. Esto implica que la investigación y el proceso penal deben valorar cómo el género, la clase social, la etnia y el entorno geográfico se entrelazan para incrementar el riesgo de agresiones contra estas personas. La Corte busca con esta medida evitar la revictimización y garantizar el acceso efectivo a la justicia, eliminando sesgos que históricamente han minimizado la violencia contra quienes defienden causas sociales.

La sentencia establece que, ante la desaparición de una mujer defensora, las fiscalías y juzgados tienen la responsabilidad de realizar diligencias exhaustivas que no ignoren la actividad de la víctima. Se instruye a los operadores del sistema de justicia a analizar la relación entre las amenazas recibidas por la labor de defensa y la comisión del delito, evitando tratar el hecho como un evento aislado o meramente privado. La perspectiva de género deberá permear desde la recolección de pruebas hasta la valoración de las mismas en el dictado de las sentencias.

Este pronunciamiento tiene implicaciones directas en la actuación de la Fiscalía General de la República y las fiscalías estatales, las cuales deberán ajustar sus protocolos de investigación para cumplir con los estándares impuestos por la Corte. El Poder Judicial de la Federación ha señalado que la omisión de estos criterios en sentencias futuras podría derivar en la anulación de procesos por violaciones al debido proceso y falta de tutela judicial efectiva. Con esta medida, se busca elevar los estándares de protección para quienes dedican su vida a la defensa de derechos humanos en el territorio nacional.

Organizaciones de la sociedad civil han señalado que esta resolución representa un avance relevante para combatir la impunidad en los casos de desaparición. El reto ahora, según expertos, reside en la capacitación continua de los funcionarios públicos y en la aplicación efectiva de estos criterios en las instancias judiciales locales, donde suele concentrarse una parte importante de la litigiosidad del país.

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